16 de Octubre el día menos apropiado

El menos apropiado

El Día de La Pampa se celebra el 16 de octubre, una fecha elegida por haberse conformado el Territorio Nacional en 1884 luego de la llamada “conquista del desierto”. El autor explica por qué debería ser revisada la imposición de ese día.
Desde hace muchos años vengo sosteniendo que el día 16 de octubre es el menos apropiado para haberlo instituido como “Día de La Pampa”, y mucho menos para festejarlo, porque justamente ese día no hay ningún motivo de alegría para los pampeanos.En primer lugar porque fue elegido por un grupo de pampeanos que ya habían dejado su terruño y se habían radicado en Capital Federal. Con esto quiero destacar que no me parece mal que una pequeña comisión formada por antiguos pobladores de este territorio pudiesen peticionar al poder de turno de entonces, lo que me parece horrible es que la totalidad del pueblo pampeano que vivía en la provincia en el año 1968 fue ignorado, un “convidado de piedra” como suele decirse, en una de las cuestiones fundamentales que tienen que ver con la identidad cultural de nuestra provincia.En segundo lugar porque el decreto provincial que lo impuso fue dictado por un gobierno de facto, encabezado por un contraalmirante, que especuló con el tema políticamente hablando. Porque se debe conocer que el primer paso fue dado el año 1968 cuando en el Parque “Los Pisaderos” de Victorica, al cumplirse el 90 aniversario de la denominada “Conquista del Desierto”, ese gobierno hizo un acto y colocó una placa que todavía puede verse en un monolito cerca del mangrullo, en el lugar donde el Ejército que la fundó cortó los adobes para hacer la Comandancia y los primeros edificios públicos.

La ley orgánica

El 16 de octubre se elije porque ese día se sancionó en el Congreso Nacional la ley 1532, el año 1884. Esta ley establecía las normas a que debían ajustarse todos los Territorios Nacionales, que eran todos aquellos que quedaban fuera de la jurisdicción de las 14 provincias históricas a saber:Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, Salta, Jujuy, Catamarca, Santiago del Estero, Tucumán, La Rioja, San Luis, Corrientes, Entre Ríos y San Juan.Pero lo poco apropiado de la fecha tiene que ver también con dos cuestiones fundamentales, que generan un enorme perjuicio para la integridad territorial de la Gobernación de La Pampa Central que había sido creada por la ley nacional 1265 del 24 de octubre del año 1882. Una, que el proyecto de ley que se estaba considerando por el Congreso era un proyecto para establecer las normas organizativas, administrativas y políticas que regirían para todos los Territorios Nacionales que se creaban por esa ley, no exclusivamente para el de La Pampa. No traía el proyecto en la redacción original otorgada por el Poder Ejecutivo Nacional ninguna cuestión de límites provinciales específicos, porque la propia Constitución Nacional establece que, el Congreso de la Nación Argentina tiene la facultad de “arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias”, según su artículo 75 inciso 15.

Menos territorio

En segundo lugar, indebidamente un diputado nacional de apellido Puebla, representando a la provincia de Mendoza, propone una modificación al artículo que establecía el límite norte del Territorio Nacional de La Pampa, bajándolo del paralelo de 35 grados como proponía el Poder Ejecutivo Nacional, al paralelo de 36 grados de latitud sur, con estos fundamentos:”Pobladores antiguos de esos territorios, con título del año 30 y posteriores, y que están ubicados en las faldas del Nevado, cerca de la costa del Atuel, en el paralelo 35 y medio al sur, reclamación en la cual le piden que resuelva en la forma que estime conveniente, en qué situación se encuentran ellos respecto a la delineación que hicieron los ingenieros, de acuerdo con la ley de 1878, fijando al Meridiano X de Buenos Aires y el grado 35 de latitud sur”.”Como he dicho antes, la población de esas provincias no tienen donde extenderse más que por el sur. Tienen su industria peculiar: la ganadería y la agricultura y necesitan tierras adaptables a este objeto, como son las del sur del paralelo 35 donde hay dos ríos… La parte utilizable del territorio esta toda ocupada por cultivos hasta donde el caudal de agua lo permite; y en cuanto a la ganadería no tiene ya campo donde extenderse y por eso necesita avanzar hacia el sur, hacia el paralelo 36 buscando la costa de los ríos y los terrenos fértiles”. Como se desprende del párrafo transcripto del debate en la Cámara de Diputados de la Nación, lo que se hizo fue que las provincias de San Luis y Mendoza pudieron anexar a sus propios territorios la cantidad de más de 3 millones de hectáreas que le fueron cercenadas al Territorio Nacional de La Pampa Central, cercenamiento del que también se beneficiaron la provincia de Buenos Aires y la Gobernación del Territorio Nacional de la Patagonia.Y justamente en esos fundamentos se menciona específicamente el tema de la posesión de las aguas del río Atuel, que a partir de esta ley quedó en su mayor parte en territorio de Mendoza.Inconsulto.Se pudo haber elegido otras fechas y la elección haberse realizado mediante la consulta a todo el pueblo de La Pampa. Eso intentó hacer el gobierno electo por comicios legítimos cuando se repuso la democracia el 25 de mayo del año 1973. El gobernador Aquiles José Regazzoli dictó un decreto llamando a una consulta para establecer el Día de La Pampa, e instando a la ciudadanía y sus instituciones a proponer fechas alternativas. Sin embargo, un nuevo golpe de Estado el 24 de marzo de 1976, dejó sin efecto el trámite y esa consulta no llegó a realizarse. De allí en más a pesar de haber pasado más de cuarenta y cinco años de aquel atropello a la autodeterminación del pueblo pampeano, que fue ignorado totalmente, se ha puesto sobre el tema una gran lápida por los sectores gobernantes que predominan en la Legislatura

Incongruencia

Durante los últimos treinta años de reposición del sistema democrático en la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa se presentaron varios proyectos para intentar cambiar la fecha, pero ninguno prosperó, porque los intereses políticos contrapuestos bloquearon las iniciativas votando el statu quo, beneficiando con sus ideas retrógradas una tradición incorrecta que merece ser revisada.Se pudo haber elegido cualquier otra fecha alternativa, que hubiera sido mucho más representativa que ésta que se está utilizando y que representa una gran contradicción. Festejamos nuestro Día, el mismo momento en que perdemos la mejor y más fértil parte del territorio que perteneció al histórico Territorio Nacional de la Gobernación de La Pampa Central. Es una incongruencia total, no tiene ningún sentido alegórico que tenga que ver con nuestra identidad cultural, con nuestra pampeanidad. Al contrario los pampeanos estuvimos totalmente ausentes del hecho histórico de la sanción de esa ley que tanto veneran algunos y que tantos daños nos produjo.


Alternativas

A título de ejemplo cito algunas fechas alternativas que pudieron haberse tomado para el cambio: 1) 12 de febrero: día de la fundación de Victorica, el primer pueblo pampeano. 2) El día de la creación de la primera capital del Territorio, que fue General Acha3) El día de la realización de la primera Convención Provincialista en 1906. 4) El día de la creación por ley nacional 14037 de la Provincia, sancionada el año 1951 y que le dio plena autonomía, dejando de ser un una colonia interna del Estado Nacional y adquiriendo sus habitantes el pleno ejercicio de los derechos constitucionales, dejando de ser ciudadanos de segunda clase.Feudalismo y provincia.Sin embargo ello no ocurrió, porque también el Estado Nacional fue cómplice del despojo y tenía su propio interés en continuar con su política de centralismo sobre los Territorios Nacionales que le daban al Tesoro Nacional muchos recursos.Es por eso que el segundo acto del cercenamiento se da por parte de la colaboración entre los representantes de las provincias apropiadoras y del Estado Nacional en el Congreso Nacional, donde son bloqueados todos los proyectos de ley que se presentaron para que La Pampa obtuviese su autonomía como lo decía la propia ley 1532.Efectivamente desde el año 1914 se había constatado por un censo nacional que nuestro Territorio ya contaba con más de 60.000 habitantes, en tanto el artículo 4 de la ley 1532 exigía tan sólo alcanzar los 30.000 habitantes, por ende estábamos en condiciones de dejar el estado de feudalismo en el que se nos habían avasallado todos nuestros derechos.Sin embargo pasaron cuatro décadas hasta que recién el primer gobierno constitucional del general Juan Domingo Perón, envió el proyecto de ley que permitió despojarnos del cepo institucional bajo cuyo yugo perdimos toda chance de defender nuestros derechos territoriales, incluyendo en ese periodo justamente el despojo de las aguas del río Atuel.¿Hasta cuándo seguiremos insistiendo en mantener esta fecha que no es representativo de nada que tenga que ver con lo estrictamente pampeano?

Luis Ernesto Roldán
Investigador y docente. Ex ministro de Educación de la provincia.

Foto: Fabián Muñoz

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