Proyecto de ley para crear el Programa de Turismo Educativo Pampeano

Junto a legisladores que integran el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR), la diputada radical Agustina García presentó un proyecto de ley solicitando la creación del denominado Programa de Turismo Educativo Pampeano.

Según este proyecto legislativo, el estado provincial debería aportar partidas presupuestarias para impulsar el turismo en La Pampa por parte de los chicos y jóvenes que asisten a escuelas primarias como secundarias de nuestra provincia.

De sancionarse esta normativa:

“Se fortalecerían los vínculos entre los distintos actores del medio” como los establecimientos educativos, la Secretaria de Turismo de la Provincia y el sector privado.

“El proyecto busca incentivar al turismo estudiantil fomentando actividades escolares pensadas en visibilizar nuestra cultura pampeana, los emprendedores locales y, en el mismo sentido, la belleza de nuestra provincia en toda su inmensidad y paisajes tan apreciados por ajenos pero poco visibilizados por los pampeanos”.

Agustina García – Diputada Provincial

Y agrega:

“Para que el proyecto se desarrolle con normalidad y sea perdurable en el tiempo, el Estado Provincial deberá garantizar los gastos de traslados y de guías turísticos de las propuestas escolares estatales, sean de nivel Inicial, Primario, Secundario y/o Terciario a través de la generación de un presupuesto anual vinculado al Turismo Educativo Pampeano”.

Agustina García – Diputada Provincial

PROYECTO DE LEY TURISMO EDUCATIVO PAMPEANO


ARTICULO 1°: Créase el Programa de TURISMO EDUCATIVO PAMPEANO, con el fin de fomentar el turismo dentro de la Provincia de La Pampa en niños, niñas y adolescentes pampeanos, fortaleciendo vínculos entre distintos actores del medio como los establecimientos educativos, la Secretaria de Turismo de la Provincia y el sector privado.

ARTICULO 2°: La presente Ley, tiene por objeto la integración de los jóvenes en las políticas y propuestas provinciales y/o locales, fomentando la participación de los mismos en el desarrollo de actividades vinculadas al Turismo y al fortalecimiento de emprendedores pampeanos a través de nuevas experiencias y conocimientos.

ARTICULO 3°: Se entiende por TURISMO EDUCATIVO PAMPEANO a todos aquellos viajes de estudio dentro del territorio pampeano, sea el destino del mismo un ente estatal o privado, y siempre que sean desarrollados como actividades formativas integradas a la propuesta curricular de las instituciones educativas estatales en todos sus niveles, que sean organizadas y supervisadas por las autoridades y docentes del respectivo establecimiento.

ARTICULO 4°: El Estado Provincial garantizará los gastos de traslados y de guías turísticos de las propuestas escolares estatales, sean de nivel Inicial, Primario, Secundario y/o Terciario a través de la generación de un presupuesto anual vinculado al Turismo Educativo Pampeano.

ARTICULO 5°: Con el objeto de contribuir óptimamente al cumplimiento de la presente Ley, el Poder Ejecutivo Provincial debe asignar las partidas presupuestarias destinadas al Ministerio de Educación.

ARTICULO 6°: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los sesenta (60) días de su promulgación.

ARTICULO 7°: De forma.

FUNDAMENTOS:


El turismo como disciplina formadora influye y es influido por el acceso al conocimiento y aprendizaje de los individuos que lo vivencian en las diferentes modalidades (formal, informal y no formal), de esta manera las oportunidades y posibilidades del turismo en la educación de las personas acorde a las nuevas demandas, abarca una dimensión “formativa integral” que implica no solamente la adquisición de conocimientos teóricos y prácticos -aprender a conocer y hacer- (historia de los lugares, significados del patrimonio, conocimiento de diferentes culturas, diversas gastronomías, sentido de la orientación, dominio del lenguaje oral y escrito, aprendizaje de un nuevo idioma o el refuerzo del mismo, entre 5
otros)
, sino también actitudes y valores -aprender a ser- (cultivo de la responsabilidad e independencia, la motivación académica) que en suma contribuyen a una formación ciudadana. Además, el turismo como actividad económica constituye un gran porcentaje en el ingreso de fondos a la Provincia.
Toda actividad turística ofrece la posibilidad de aprender algo nuevo, pero no todos los viajes se hacen exclusivamente con el propósito de aprender, los diferentes tipos de turismos tradicionales y emergentes prometen nuevas experiencias y conocimientos, pero la principal motivación suele ser la novedad de experiencias, destinos, atracciones o actividades, y no la educación como motivación principal. Es el Turismo Educativo el que utiliza el aprendizaje o la educación como pretexto para el viaje, y es generalmente asociado a niños y jóvenes en edad escolar, estudiantes y jóvenes profesionales.

Considerando que, dentro del marco del sistema formal de educación de la Provincia de La Pampa,
existen múltiples y diversas experiencias educativas que tienen por finalidad aportar al desarrollo y la formación integral de los niños y jóvenes, el turismo educativo estudiantil puede ser un nexo entre los atractivos turísticos establecidos por la Ley 3268 “Observatorio Turístico de la Provincia de La Pampa” y las nuevas modalidades de enseñanza; debido a que por ejemplo, la misma expresa en su artículo 5° inciso b) “Diseñar, implementar y evaluar el plan de gestión de las actividades proyectadas por la Secretaría de Turismo de la Provincia.” Como así también, el mismo artículo de la mencionada Ley expresa en sus incisos
f) “Trabajar conjuntamente con los diversos agentes turísticos de la provincia (públicos y privados), que permitan diagnósticos sectoriales de importancia para el armado de las políticas referidas al tema”; y h) “Estimular a las organizaciones públicas y privadas del quehacer turístico provincial a adherir a lo estatuido por esta norma y a participar de su estructura.;” respectivamente.

En este contexto, se debe partir de la base de que este proyecto va a contribuir en
la formación de jóvenes emprendedores pampeanos, ya que a través del Turismo Educativo pampeano podrán:

  • Elaborar proyectos desde la perspectiva de los propios jóvenes.
  • Implica que los jóvenes participen en forma efectiva con los otros actore en el desarrollo de la comunidad y actividades.
  • Genera espacios donde los jóvenes y adultos convergen, discuten, negocian, deciden y ejecutan sus estrategias de cambio.
  • Estimula la consolidación de grupos que se comprometen con su comunidad y con las necesidades de su gente.
  • Promueve la solidaridad y ayuda mutua.
  • Adquieren habilidades y conocimientos formales e informales.
  • Desarrolla posturas críticas y éticas frente al mundo y al grupo, a partir de habilidades del pensamiento que permiten aprender e interpretar la realidad.
  • Fomenta estilos de vida que permiten el desarrollo saludable de los jóvenes y la satisfacción de sus necesidades.
  • Construye una nueva forma de democracia, al crear capacidades para convivir con las otras personas que piensan y sienten diferente.
  • Aporta a la construcción de la igualdad en el plano educativo al favorecer el acceso de los sectores postergados a la distribución de bienes culturales y materiales.
  • Contribuye a la defensa del patrimonio natural y cultural de la Provincia y las comunidades locales al comprometer a los niños, niñas y adolescentes en su cuidado y conservación.
  • Incentiva la integración de las distintas regiones de la provincia y el respeto por los recursos Naturales
  • Favorece el desarrollo integral de los estudiantes al profundizar la construcción de la propia identidad en contextos de diversidad cultural.
  • Brinda experiencias de aprendizaje en distintos ámbitos que fortalezcan la convivencia en un clima de aceptación y respeto por las diferencias.
  • Refuerza los vínculos institucionales e interinstitucionales de las escuelas participantes, mejorar su comunicación y la sistematización y transmisión de las vivencias.
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